
El artículo 117 del Reglamento General de Circulación parece decirlo claro: “El conductor y ocupantes de los vehículos estarán obligados a utilizar, debidamente abrochados, los cinturones de seguridad homologados“. La multa puede ser de hasta 200 euros. Sin embargo, no parece que esta normativa vaya a afectar al papa León XIV en los días que esté por Madrid, ciudad que ha visto cómo el sumo pontífice recorría las calles de la ciudad sin hacer uso de esta medida, a pesar de que bastan solo 40 kilómetros por hora para que un golpe frontal pueda resultar mortal y el papamóvil puede superar los 100.
De este modo, muchos se han preguntado si sería posible que el pontífice pudiera ser sancionado por las autoridades, tanto por este hecho como por viajar en una posición no permitida (de pie y sin utilizar el asiento habilitado), como por sacar el cuerpo del interior del vehículo. Una duda que puede contestarse de muchas maneras, ya que entran en juego varias autorizaciones especiales e incluso una inmunidad diplomática que, de entrar en juego, dificultaría en gran medida que una multa llegara a prosperar. El papamóvil no lleva matrícula diplomática, pero sí una oficial que lo identifica como vehículo oficial de un jefe de Estado.
Precisamente por este cargo, el papa León XIV podría gozar de una gran inmunidad, no pudiendo ser detenido ni arrestado en caso de cometer alguna infracción o delito. Tampoco podría ser sometido a ningún proceso penal y, lo que es más, al disfrutar de la inviolabilidad personal, el Estado anfitrión, en este caso España, tendría la obligación de protegerlo. El papa es un líder religioso, pero a la vez es también jefe de Estado de la Ciudad del Vaticano, un hecho que provoca que en sus visitas oficiales suela recibir el mismo trato que otros gobernantes y disfrutar de las inmunidades correspondientes.
No sería el primer papa en ser denunciado. En 2011, se hizo muy conocida una demanda en Alemania contra el por entonces papa, Benedicto XVI, precisamente por no utilizar el cinturón. Una persona aseguraba en su denuncia haber visto en numerosas ocasiones al sumo pontífice circular sin utilizar el cinturón, añadiendo que contaba con dos testigos presenciales que podrían testificar lo mismo. En aquella ocasión, la administración local decidió archivar el asunto a los pocos días porque, como el papamóvil circulaba por una calle cerrada al tráfico público, las normas ordinarias no resultaban aplicables.
En la misma línea, cabe recordar que el papamóvil es un vehículo muy particular: en muchos recorridos oficiales avanza a velocidades muy bajas para permitir que los fieles vean al pontífice, y suele estar sometido a dispositivos especiales de seguridad (empezando por los cristales blindados). Eso no elimina automáticamente las normas de tráfico, pero sí hace que la situación sea bastante excepcional que, aunque en la teoría sí podría llegar a concebir sanciones para el sumo pontífice, hace que en la práctica la situación sea todavía más compleja.
En definitiva, no parece que el papa León XIV vaya a marcharse de Madrid con una multa de tráfico. En cualquier caso, es llamativo el hecho de que, si se la pusieran, el impago de la misma podría también ser una opción a considerar por parte del sumo pontífice. Al fin y al cabo, los procedimientos habituales de apremio de la administración, como el embargo de cuentas o bienes situados bajo su jurisdicción, serían difíciles de aplicar para un individuo cuyos bienes pertenecen en su mayoría a la Santa Sede, que sí gozarían de protección. Por todo ello, intentar forzar el cobro podría provocar un conflicto diplomático considerable del que más de un país preferiría abstenerse.
Publicado por Autor Infobae