Residentes en Bogotá denunciaron a un hombre por supuestos actos obscenos desde el balcón de su apartamento

Residentes en Bogotá denunciaron a un hombre por supuestos actos obscenos desde el balcón de su apartamento
Los residentes del barrio Cedritos denunciaron actos obscenos cometidos desde un balcón en el norte de Bogotá (Captura video/Colombia Oscura)

Los residentes en el norte de Bogotá denunciaron a un hombre por presuntos actos obscenos desde el balcón de un apartamento ubicado en el conjunto residencial Versalles, en la localidad de Usaquén.

Un video difundido en redes sociales mostró al sujeto dentro de su vivienda en el barrio Cedritos, con un buso gris y una gorra. Según las imágenes, no llevaba ropa en la parte inferior de su cuerpo y tocaba sus partes íntimas.

El hombre se acercó a una ventana que cuenta con una malla, se asomó durante unos segundos y luego volvió a ingresar al apartamento.

De acuerdo con la denuncia de la comunidad, la situación ocurriría de forma diaria. Los vecinos advirtieron que los hechos se registran frente a un jardín infantil.

Los hechos tuvieron lugar en un apartamento del conjunto residencial Versalles, en la localidad de Usaquén (Captura video/Colombia Oscura)
Los hechos tuvieron lugar en un apartamento del conjunto residencial Versalles, en la localidad de Usaquén (Captura video/Colombia Oscura)

Los habitantes del sector pidieron la intervención de la Policía ante la preocupación que generó la denuncia. La grabación provocó reacciones en las redes sociales, donde varios usuarios cuestionaron el comportamiento expuesto en el video.

“Le metió todo el zoom para poderlo ver… parece más un acto de acoso y violación a la privacidad que un acto de exhibición»; “El apartamento no está en los primeros cuatro pisos, así que no hay riesgo de exhibirse ante los transeúntes. El espía filma con todo el zoom, violando la privacidad. Ojalá demanden a esta cuenta por difundirlo y al responsable de grabarlo”; “Una cosa es que lo agarren a uno desprevenido una vez y otra hacer eso diariamente. ¿Que les pasa a quienes lo justifican?“; ”Ya uno no puede andar ni desnudo en su casa»; “Está dentro de su propio apartamento. El delito fue haberlo grabado”; “Definitivamente la gente en colombia es muy hp. Déjenlo no veo ningún acto obsceno. La mayoría de personas son chismosas y metiches”; “El man esperando que le haga efecto la pastilla de Viagra y unos malparidos grabando el interior de su casa y el medio préstandose para violentar su privacidad…”; “Otro caso como el del gringo que supuestamente estaba violando al niño en el balcón… La gente si es chismosa, pero bueno le hizo el diciembre al muchacho con la multa que le va a tener que pagar”: fueron algunos de los mensajes.

En la localidad de Usaquén se implementó la segunda zona de parqueo pago en calle. Foto: Alcaldía de Bogotá
Los vecinos manifestaron alarma por la proximidad entre la vivienda del hombre y el jardín infantil (Alcaldía de Bogotá)

En Colombia, la consecuencia depende de las circunstancias del hecho: si ocurrió en público, si hubo violencia o falta de consentimiento y si intervino una persona menor de 14 años.

  • Actos sexuales o exhibicionismo en espacios públicos: el artículo 33 de la Ley 1801 de 2016 —Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana— prohíbe realizar actos sexuales o de exhibicionismo en espacio público, lugares abiertos al público o ámbitos privados que trasciendan a lo público, cuando generen molestia a la comunidad. La medida prevista es una multa general tipo 3. No se consideran exhibicionismo los besos o caricias que no constituyan actos sexuales.
  • Si la conducta se vincula con el ejercicio de la prostitución: realizar actos sexuales o exhibicionistas en la vía pública o en lugares expuestos a ella también da lugar a multa general tipo 3, según el artículo 44 de esa misma ley.
  • Si hubo violencia, amenaza, coacción o ausencia de consentimiento: ya no se trata solo de una infracción de convivencia. El artículo 206 del Código Penal castiga el acto sexual violento —distinto del acceso carnal— con prisión de ocho a 16 años. La ley comprende como violencia la fuerza, la amenaza, la intimidación, el abuso de poder y otras circunstancias que impidan un consentimiento libre.
  • Si la víctima fue puesta en incapacidad de resistir, estaba inconsciente o no podía comprender o consentir la relación, la pena por acto sexual es igualmente de ocho a 16 años.
  • Si involucra a una persona menor de 14 años, puede configurar un delito sexual contra menor de edad, con penas de prisión. La calificación exacta depende de si existió contacto sexual, acceso carnal, violencia, engaño u otras circunstancias.
Además del caos vehicular en Usaquén se presentó un accidente en la avenida Boyacá - crédito @BogotaTransito/X
Los habitantes de Usaquén solicitaron la intervención urgente de la Policía y de las autoridades competentes (@BogotaTransito/X)

La diferencia central es esta: el exhibicionismo o acto sexual público que cause molestia suele tramitarse como una medida de Policía; si existe violencia, falta de consentimiento o una víctima menor de edad, puede constituir un delito penal. La aplicación concreta requiere conocer los hechos y la edad de las personas involucradas.

Publicado por Autor Infobae

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